raimundo lafuente

El Supremo establece que es laboral el accidente sufrido al salir del trabajo en la pausa del café

Así lo ha establecido en su sentencia de 13 de diciembre de 2018, pero no porque sea accidente in itinere, si no porque el accidente se produjo con ocasión del trabajo siendo condición sin la que no se hubiera producido el hecho. El accidente se produce al salir el trabajador de la empresa a tomar un café dentro del tiempo legalmente previsto como de trabajo por tratarse de una jornada superior a seis horas, habitualmente utilizado para la pausa del café.

El Alto Tribunal establece que el nexo de causalidad nunca se rompió porque la pausa era necesaria y la utilización de los 15 minutos por parte del trabajador se produjo con criterios de normalidad y habitualidad.